Mes: noviembre 2017

La fidelización del cliente en manos de la IA

Casi la mitad de las actividades profesionales actuales podrí­an ser automatizadas en 2055 debido a los avances en robótica y automatización, tal y como afirma el Instituto McKingsley Global.

La aplicación de la IA podrí­a aumentar el ritmo del servicio humano, aportando valor a la experiencia del cliente, con su habilidad de reaccionar instantáneamente mediante la recopilación de datos en tiempo real. Su mayor velocidad de análisis y procesamiento de datos, aporta potencial para la creación de futuras interacciones con clientes, tratando de evitar el descontento de los clientes por las comunicaciones con mensajes automatizados.

Según Raquel Aznar, Directora Comercial y de Marketing en Affinion: «para las empresas, el atractivo de la IA, la robótica y los chatbots, radica en la eficiencia operativa y el ahorro de costes, así­ como en la gestión de interacciones importantes para los clientes». La tecnologí­a IA beneficia a clientes y empresas por igual, reduciendo costes para unas y agilizando los procesos para otros.

Una de las herramientas que se busca implementar en la IA es la Inteligencia emocional, para conectar de forma más profunda con el cliente. El valor añadido de la atención al cliente por parte de operadores humanos, es la capacidad de captar y adaptarse al estado emocional del cliente. La pregunta ahora es: ¿podrán llegar los chatbots a entender la complejidad de la conducta humana?

Un laboratorio en china está intentando romper esa barrera, tratando de crear respuestas reales e incorporando emociones. Este avance supone un gran paso en la evolución de los chatbots. Si estos pueden volverse más humanos, la relación del cliente con la empresa al enfrentar problemas de servicio o dudas, puede suponer el punto principal en la fidelización del cliente.

Según un sondeo global realizado por Retale, » el 86% de los millennials asegura que las marcas deberí­an usar los chatbots para promover acuerdos, productos y servicios, y casi el 58%  de los encuestados que ha interactuado con un chatbot afirma que la experiencia fue realmente positiva«. El objetivo de las empresas con servicio de atención al cliente, deberán ser capaces de ofrecer soluciones que satisfagan al cliente actual y al futuro.

Es esta tecnologí­a la que hará que el cliente se sienta más cómodo con la empresa. Que el producto o servicio que contrata tenga una a atención más satisfactoria, efectiva y rápida y que pueda solucionar cualquier problema de forma inmediata y eficaz.

Son esos detalles los que mantienen al cliente fidelizado.

A partir del 25 de mayo de 2018, nuevo reglamento europeo en LPD

El proyecto de Ley Orgánica de Protección de Datos aprobado Por el Consejo de Ministros, la semana pasada, a petición del Ministro de Justicia, busca la unificación de la Regulación de Datos de la Unión Europea UE 2016/679. En España esta medida ha supuesto la elaboración de una nueva ley de Protección de datos, que se aplicará a partir del 25 de mayo del año próximo. El objetivo de esta ley es introducir cambios para mejorar la protección del ciudadano frente al uso de sus datos, un derecho fundamental avalado por el artí­culo 18.4 de la Constitución.

El desarrollo de esta nueva ley se ajusta a la normativa europea, incluyendo mejoras y cambios, respecto a la antigua normativa. La razón de esta modificación, es principalmente la unificación del marco legal en los paí­ses miembros y la adaptabilidad a la evolución de las nuevas tecnologí­as.

Las principales modificaciones son:

  • El adelanto de la edad de consentimiento para el tratamiento de los datos a los 13 años, en consonancia con la normativa de los paí­ses de miembros. Se tomará en cuenta el tratamiento de los datos de personas fallecidas en base a la solicitud de sus herederos, con la desaparición del consentimiento tácito, para ser sustituida por una acción afirmativa por parte del afectado, recogiéndose el deber de confidencialidad.

 

  • Otra novedad es la potenciación de la figura del delegado de protección de datos, una persona fí­sica o jurí­dica, previamente notificada a la autoridad competente, que servirá de intermediario entre la AEPD y el interesado. Este organismo se establece como autoridad administrativa con independencia de cualquier organismo público, relacionándose con el gobierno a través del ministerio de justicia.

 

  • Esta ley contempla los derechos de acceso, modificación y supresión de los datos, el derecho a la limitación del tratamiento de la información, como la portabilidad y oposición. Además queda prohibido el almacenamiento de datos de especial protección como: afiliación polí­tica, orientación sexual, religión, raza o etnia y creencias.

 

  • La nueva ley incluye mecanismos de autorregulación en el ámbito privado y público. Además incluye por primera vez la obligación de bloqueo, para que los datos queden en manos de un tribunal o cualquier autoridad que lo solicite, y así­ poder exigir responsabilidades legales en caso de un uso indebido de la información.

 

Para más información:

 

Fuentes:
https://cincodias.elpais.com/cincodias/2017/11/10/legal/1510322110_839130.html

 

¿Cómo defender a nuestra empresa de un ciberataque?

 

Desde los 90, muchas compañí­as sufren ciberataques, ya sea para apropiarse de cuentas, como para entorpecer el desarrollo del dí­a a dí­a normal de la empresa. Cada vez más las grandes compañí­as y las pymes invierten en medidas para combatir estos asaltos contra sus servidores, llegando a desarrollar departamentos especí­ficos orientados a esta materia.

La forma de enfocar el problema de la ciberseguridad por parte de las aseguradoras, se asemeja al proceso que se siguió para crear pólizas contra desastres naturales. En 1992, el huracán Anrew arrasó la costa sur de Florida, acabando con la vida de varias personas y suponiendo más de 24.000 millones de euros en pérdidas. Para hacer frente a esta catástrofe, las aseguradoras que aún no estaban preparadas para este tipo de situaciones tuvieron que cambiar su manera de actuar, sufriendo con ello grandes pérdidas económicas.

En relación a las pólizas dirigidas a ciberseguridad, se avanza mucho más rápido: la adaptación a los primeros ataques se realizó en muy poco tiempo, cubriendo aspectos impredecibles que dependen del desarrollo de técnicas que evolucionan al ritmo de la tecnologí­a.

Hoy en dí­a la ciberseguridad se comienza a tratar como un riesgo empresarial, en vez de como un problema técnico. Las empresas de seguridad privada ofrecen servicios de preparación previa y análisis de ciberriesgo, para que las pymes y grandes compañí­as se preparen antes de contratar un seguro. Pues, las aseguradoras no van a dar cobertura a una empresa vulnerable. Existen más de 80 empresas que venden productos orientados a cubrir este problema. Grandes aseguradoras como AIG y Chubb, que ya ofrecen este tipo de pólizas, se adaptan a las necesidades de cada empresa.

Varias compañí­as ya ofrecen una póliza cuyo requisito imprescindible es estar bien protegido. Se componen de dos bloques: por un lado, los gastos de responsabilidad civil que genere la consecución de este ciberdelito; y por otro, cubre los daños propios, la restauración de los equipos, la recuperación de los datos y del software.

Todaví­a queda mucho trayecto para conseguir un catálogo completo de productos que hagan frente a este problema.

 

Fuentes:
https://retina.elpais.com/retina/2017/05/19/innovacion/1495210032_482432.html
https://www.technologyreview.es/s/7678/el-nuevo-gran-negocio-de-las-aseguradoras-polizas-frente-ciberataques

¿Cómo asegura BlaBlaCar a los ocupantes de un vehí­culo en caso de accidente?

¿Si usamos BlaBlaCar, nos cubre el seguro del conductor o es la plataforma la que nos asegura?

Un usuario de BlaBlaCar estará siempre asegurado, en caso de accidente, gracias al seguro obligatorio que ha de tener el propio vehí­culo. La plataforma tiene un seguro adicional de AXA, con asistencia en carretera, que cubre a los viajeros. Esta póliza adicional proporciona transporte al destino o estancia de un dí­a en territorio nacional, o de dos dí­as en el extranjero, no pudiendo superar los 80€ por noche.

Hay varios aspectos a tener en cuenta cuando usemos BlaBlaCar en caso de accidente:

  1. Si el conductor es el culpable del accidente

En este caso el seguro del vehí­culo cubre los daños ocasionados a terceros, pero no los del propio conductor. Estos serán cubiertos sólo por el seguro del conductor si figura como contratado en la póliza. En caso de ser el causante del accidente el coche contrario, el seguro cubrirá los daños producidos a todos los ocupantes del vehí­culo. BlaBlaCar, una vez hecha la contratación a través de la app, ofrece como complemento un seguro para el conductor mediante el cual en caso de accidente grave (con muerte o invalidez del conductor) se indemniza con una cantidad de hasta 25.000 €.

  1. Si uno de los pasajeros es el culpable

En este caso el seguro del coche en el que viajaba el pasajero, indemnizará a los perjudicados, cobrando después, los gastos del accidente al culpable del mismo. Además, en caso de multas o accidentes que sean consecuencia de una conducta negligente o imprudente del pasajero, el conductor tendrá derecho a defensa jurí­dica por abogados de AXA hasta 10.000 € o por abogados de libre elección hasta 500 €.

  1. Si el conductor no tiene carnet

Si se da este caso, el seguro cubre los gastos del incidente, pero pasará a reclamar los costes directamente al conductor, por negligencia al conducir sin carnet.

  1. Asistencia en carretera por averí­a o accidente a los viajeros

El seguro del conductor puede contar con asistencia en carretera. Pero BlaBlaCar proporciona un medio de transporte para los usuarios de manera que puedan continuar el viaje hasta su destino y además trasladar el vehí­culo hasta el taller más cercano. Si no hay ningún medio de transporte disponible de inmediato o si los ocupantes prefieren esperar a la reparación, el seguro de BlaBlaCar se hará cargo de los gastos de estancia por una noche en España y dos en el extranjero hasta 80 € por noche y asegurado.

En el caso del equipaje esté dañado por el accidente, su cobertura dependerá de la póliza contratada por el conductor.

Desde el punto de vista del viajero no supone ningún inconveniente viajar a través de este sistema, ya que se encuentra asegurado tanto por la empresa como por el seguro del vehí­culo.

 

Fuentes:
http://www.arpem.com/noticias/2015/seguros/informes/como-cubre-seguro-coche-compartido-1096772-n.html
https://www.blablacar.es/seguro-compartir-coche